“La violencia contra las mujeres es una lacra a la que hay que poner fin. En este Día Internacional, la UNESCO vuelve a hacer un llamamiento a la unidad y a la acción, porque los derechos de las mujeres son los derechos humanos de todas las personas.”
Audrey Azoulay – Directora General de la UNESCO
Desde 1993, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró que cada 25 de noviembre se conmemoraría el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; con el objetivo de visibilizar, reflexionar y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres.
La fecha fue elegida en honor a la memoria de las hermanas Mirabal (Patria, Minerva y María Teresa), activistas dominicanas que fueron brutalmente asesinadas en plena dictadura de Leónidas Trujillo en República Dominicana el 25 de noviembre de 1960.
La ONU define la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.”
La Convención Belém do Pará, firmado en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, que data del 9 de junio de 1994, es el primer tratado internacional que abordó la temática de la violencia contra las mujeres; y también, consagró el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia tanto en el ámbito privado como en el público.
Datos globales que justifican el estado de alerta:
- Entre 2008 y 2020 hubo 16.160 personas que realizaron denuncias en la OVD en más de una oportunidad, lo que representa el 15% sobre las 108.371 personas denunciantes durante ese lapso.
- Las 190 mujeres sobre las que se centra este nuevo informe de la OVD son aquellas que denunciaron cinco veces o más al mismo agresor.
- 7 de cada 10 de ellas tenían entre 22 y 39 años cuando concurrieron a denunciar por primera vez y, en el 90% de los casos, había hijos en común con el denunciado. El 56% de las mujeres era migrante (30% internacionales y 26% interprovinciales) y no había completado el nivel secundario (48%). Además, el 38% se hallaba desocupada o realizaba tareas de cuidado sin remuneración, y el 52% dependía económicamente de los denunciados.
- Estos parámetros, destaca el informe, acentúan las dificultades económicas y explican la complejidad para poner fin al vínculo de pareja y/o alejamiento físico con el agresor y, en consecuencia, la perdurabilidad de la violencia. Una muestra de este problema son las peticiones de las mujeres denunciantes respecto al otorgamiento de alimentos provisorios (81%).
- El trabajo destaca que en todos los casos se dio respuesta a las solicitudes de las denunciantes mediante el dictado de medidas preventivas de protección por parte de la Justicia Nacional en lo Civil: prohibición de acercamiento (98%) y de contacto hacia las mujeres afectadas (91%), prohibición de acercamiento a niños, niñas y adolescentes (73%) y otorgamiento de botón antipánico (52%), entre otras.
- No obstante, fue muy bajo el porcentaje de patrocinio jurídico gratuito que recibieron las denunciantes al momento de impulsar sus peticiones en el marco de un proceso judicial (solo lo tuvo el 21% de ellas), así como el tratamiento especializado en violencia de género que ofrece el Estado para los denunciados.
- De los denunciados, 8 de cada 10 presentaron un cuadro de consumo problemático de sustancias psicoactivas o de alcohol, factor de riesgo en violencia de género que requiere abordajes específicos, advierte el informe. Además, solo el 2% de los varones denunciados concurrió a centros especializados de asistencia y fueron pocos los tratamientos en violencia de género realizados por las mujeres (11%).
- En paralelo, el 19% de los denunciados tenía armas de fuego y el 2% pertenecía a fuerzas de seguridad.